📈 #España terminó el año 2023 con más de 94.000 operadores de #drones registrados en AESA – Agencia Estatal de Seguridad Aérea, un 32% más respecto al año anterior.
🔹 El desarrollo tecnológico y la dinamización del sector hacen prever operaciones de UAS más complejas en un futuro próximo.
#Andalucía, Comunidad de #Madrid y #Cataluña siguen siendo las comunidades autónomas con mayor número de operadores registrados, seguidas por la Comunidad Valenciana, Castilla y León, Galicia y Canarias.
🔹 En formación de pilotos #UAS, AESA ha emitido 182.867 certificados para realizar operaciones con UAS y, actualmente, tiene registradas 508 entidades de formación práctica para operar en escenarios estándares nacionales.
🔹 En categoría específica, #AESA tiene registradas 9.367 aeronaves no tripuladas, un 30% más que a finales del 2022.
🔹 A partir del 1 de enero de 2024 han entrado en aplicación nuevos requisitos como el marcado de clase y el sistema de identificación directa a distancia #DRI ➡ https://bit.ly/47gMZYH
👉 Toda la info en https://bit.ly/3Ubn5Ti
listado de operadores autorizados para operaciones con UAS en categoría específica https://www.seguridadaerea.gob.es/sites/default/files/Listado_Registro_EASA_DO_STS-ES.pdf
AUTORIZACIONES OPERACIONALES CON UAS EN CATEGORÍA ESPECIFICA DE ACUERDO AL REGLAMENTO (UE) 2019/947 https://www.seguridadaerea.gob.es/sites/default/files/Registro%20autorizaciones_EASA.pdf
EJEMPLOS:
La categoría abierta cubre todas las operaciones con UAS que sean de bajo riesgo operacional, como marca la normativa europea y no requieren de ninguna autorización operacional ni de una declaración por parte del operador del UAS previo al vuelo. Esta categoría se divide en tres subcategorías: A1, A2 y A3. Aquí te dejo algunos ejemplos prácticos para cada subcategoría:
- Subcategoría A1: Las operaciones en esta subcategoría no permiten sobrevolar por encima de concentraciones de personas y deben evitar sobrevolar a quien no participe en la operación. Las operaciones de esta categoría se deben realizar con aeronaves con las etiquetas de identificación C0 o C1. Por ejemplo, podrías volar un dron de menos de 250g en un parque público evitando sobrevolar a las personas.
- Subcategoría A2: Las operaciones en esta subcategoría se realizarán manteniendo una distancia de seguridad de al menos 30 m con los individuos próximos a la operación. Esta distancia puede ser inferior si la aeronave incorpora el modo de baja velocidad. Este tipo de operaciones sólo se pueden hacer con drones de clase C2. Un ejemplo podría ser volar un dron de clase C2 en un campo abierto, manteniendo la distancia de seguridad con cualquier persona cercana.
- Subcategoría A3: Las operaciones en esta subcategoría deben realizarse en zonas donde no se ponga en peligro a ninguna persona y a una distancia horizontal mínima de 150 m de zonas residenciales, comerciales, industriales o recreativas. Un ejemplo de esto podría ser volar un dron en un área rural deshabitada, lejos de cualquier edificio o persona.
Es importante recordar que, aunque estas operaciones no requieren autorización, los operadores de UAS deben registrarse de forma telemática a través de la sede electrónica de AESA. Además, es necesario tener contratada una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil frente a terceros por daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución de cada vuelo que se realice.