Jubilación

Jubilación Anticipada

La jubilación anticipada se da cuando el trabajador se convierte en pensionista antes de alcanzar la edad establecida para su retiro.

Actualmente, la edad legal de jubilación está fijada en 66 años y 6 meses. Sin embargo, la legislación social permite acceder a la pensión de jubilación antes de alcanzar esta edad, siempre que se cumplan ciertos requisitos y se asuman las condiciones.

¿En qué consiste la jubilación anticipada?

Aunque en España todavía estamos en un régimen transitorio, en 2027 la edad de jubilación legal será de 67 años. De hecho, gran parte de la población activa deberá esperar a ese momento para poder jubilarse.

Sin embargo, también se puede acceder a la jubilación a los 65 años siempre que se cumplan una serie de requisitos. Además, existen supuestos especiales en los que no habrá que esperar a cumplir esa edad.

De hecho, se calcula que poco más de la mitad de la población activa (51%) se retira llegada la edad de jubilación legal. Dicho de otro modo, la jubilación anticipada es relativamente frecuente en España. Por otro lado, algunos trabajadores siguen en activo pasada su edad legal de jubilación (en torno al 5%).

Por último, cabe la posibilidad de anticipar la jubilación todavía más. A cambio de aplicar coeficientes reductores el interesado podrá adelantar la jubilación entre 2 y 4 años.

Requisitos para acceder a la jubilación ordinaria

Cuando este régimen transitorio termine, la ley permitirá a los trabajadores de 65 años jubilarse siempre y cuando hayan cotizado durante, al menos, 38 años.

El régimen de transitoriedad implica que para acceder a la jubilación ordinaria a los 65 años el trabajador haya cotizado, dependiendo de su año de jubilación, al menos:

  • 2019: 36 años y 9 meses
  • 2020: 37 años
  • 2021: 37 años y 3 meses
  • 2022: 37 años y 6 meses
  • 2023: 37 años y 9 meses
  • 2024: 38 años
  • 2025: 38 años y 3 meses
  • 2026: 28 años y 3 meses
  • 2027 y en adelante: 38 años y 6 meses

En todo caso, para acceder a la jubilación ordinaria se exige un período mínimo de cotización de 15 años. A este mínimo genérico se añade otro específico, y es que 2 de los años cotizados deberán haberse producido en los 15 años inmediatamente anteriores a la jubilación.

Requisitos para acceder a la jubilación anticipada

La jubilación anticipada nos permite adelantar la edad de jubilación ordinaria 2 años más. Para ello se deberán cumplir los anteriores requisitos, además de:

  • Haber cotizado un mínimo de 35 años.
  • Una vez calculada la pensión esta no podrá ser inferior a la mínima establecida por la ley. Dependiendo de nuestra situación familiar y edad, tal pensión mínima se ubica entre los 8.386,00 € y los 17.551,80 € anuales.

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Tipos de jubilación anticipada

Cabe señalar que existen dos tipos de jubilación anticipada:

  1. Jubilación anticipada voluntaria. Es a la que nos referimos en el presente artículo.
  2. Jubilación anticipada forzosa. Se debe a una pérdida de empleo involuntaria. Las diferencias con la voluntaria son:
    • Que se podrá anticipar 4 años, en lugar de solo 2.
    • Además, solo se deberá acreditar un período de cotización de 33 años.
    • Sin embargo, el trabajador deberá llevar inscrito como demandante de empleo al menos 6 meses antes de solicitar la jubilación.

Otros supuestos en que la edad de jubilación se reduce

Existen otros supuestos en los que el trabajador puede acceder antes todavía a la condición de pensionista. Entre ellos destacan:

  • Jubilación de mutualistas a partir de los 60 años.
  • Sin ser mutualista, a partir de los 61 años.
  • Jubilación parcial o flexible.
  • Estatuto minero, trabajos aéreos o ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos y miembros de la Ertzaintza.
  • Trabajadores con discapacidad reconocida igual o superior al 45% o al 65%.
  • Prejubilaciones, que dependen del pacto con la empresa.

En estos casos se aplican coeficientes reductores, que minoran la cuantía de la pensión de jubilación. Además, en ningún caso se puede acceder a la jubilación anticipada con menos de 52 años.

Efectos de la jubilación anticipada

El efecto principal de la jubilación anticipada es que la cuantía de la pensión se ve minorada. Hay que tener en cuenta que a la hora de calcular la pensión de jubilación:

  1. Calcular la base reguladora, que dependerá de la base de cotización. En este sentido también estamos en régimen transitorio, de modo que el cálculo de la base reguladora depende del año de jubilación:
    • 2019: suma de las bases de cotización de los últimos 264 meses dividida entre 308 (computan los últimos 22 años de cotización).
    • 2020: suma de las bases de cotización de los últimos 276 meses dividida entre 322 (computan los últimos 23 años de cotización).
    • 2021: suma de las bases de cotización de los últimos 288 meses dividida entre 336 (computan los últimos 24 años de cotización).
    • 2022 en adelante: suma de las bases de cotización de los últimos 300 meses dividida entre 350 (computan los últimos 25 años de cotización).
  2. En algunos casos habrá que corregir este resultado. Así, se tomarán las bases de cotización de los últimos 24 meses conforme a su valor real, actualizando las anteriores conforme al IPC. Además, en los meses en que no se haya cotizado hay que aplicar la “integración de lagunas” (básicamente, cuentan como cotizados al 50% de la base mínima).
  3. Aplicar un porcentaje (también en régimen transitorio) que dependerá de los años cotizados. Cuantos más años se hayan cotizado, mayor será este porcentaje. El porcentaje mínimo, correspondiente a los 15 años de cotización, es del 50%.

El resultado de estas operaciones se corresponde con la cuantía de la pensión.

Sin embargo, en el caso de anticipar la jubilación se debe aplicar un coeficiente reductor.

  • Este oscila entre el 1,625% y el 2% por trimestre de anticipación, dependiendo del tiempo que se haya cotizado. Dicho de otro modo, si se accede a la jubilación anticipada el jubilado pierde cerca del 8% de la pensión que le correspondería en caso de no jubilarse de forma anticipada por cada año de anticipo.
  • En el caso de la jubilación anticipada forzosa los coeficientes de reducción son menores, oscilando entre el 1,500% y el 1,875%. Sin embargo, esto no tiene por qué suponer una mayor pensión, ya que el coeficiente se aplica por cada trimestre de anticipación, y en este caso pueden concurrir hasta 16 trimestres (4 años).

En definitiva, siempre que se cumplan los requisitos y se asuman las consecuencias se podrá acceder a la jubilación anticipada. Tales requisitos y consecuencias se minoran en el caso de que la anticipación sea forzosa, por haber perdido el empleo.

En todo caso, anticipar la jubilación tiene un efecto negativo sobre la cuantía de la pensión. De modo que conviene reflexionar antes de tomar una decisión de esta relevancia.

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